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El juzgado dictaminó en diciembre de 2004, que el promotor del concierto debe pagar 5.300 dólares de indemnización a la mujer por daños y perjuicios, además de cubrir los gastos del tratamiento y la pérdida de ingresos. El juzgado encontró al promotor del concierto culpable de negligencia por no tomar las medidas necesarias para bajar los niveles de ruido durante el espectáculo. El promotor todavía está a tiempo de apelar el veredicto. Fuente:
www.reuters.com, 10 de diciembre de 2004
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